Multa a empresa de cobro de morosos por uso abusivo en sus métodos de actuación

Multa a empresa de cobro de morosos por uso abusivo en sus métodos de actuación

De todos es conocido que estamos inmersos en una ya reconocida crisis económica, lo cual se ha visto reflejado en la mayoría de los sectores empresariales.

Esta situación se ha visto reflejada en un aumento de la morosidad, lo cual ha hecho que las empresas dedicadas al cobro de estas deudas aumenten. Lo preocupante son las técnicas que utilizan para la realización de su actividad, pues en muchos casos se llega incluso a la intimidación.

En relación con ello, ponemos como ejemplo a la empresa «El torero Moroso», la cual recibido una sanción por parte de la AEPD al considerar que entre sus tácticas de cobro se vulneraba el deber de secreto, por tanto, sus métodos van en contra de la Normativa de Protección de Datos.

«El torero Moroso», prestaba sus servicios a una empresa de Pontevedra, dedicada a la fabricación de muebles de cocina, pues la última tenía unos clientes (matrimonio de empresarios) que no le habían pagado varias facturas. Los agentes de cobro, para incordiar a los morosos, se suelen  ponen trajes de luces, sin embargo esta vez pasaron la barrera presionando a los familiares de los morosos haciendo pública, a su vez, su condición.

Inicialmente el acoso comenzó con llamadas telefónicas a la madre de la empresaria reclamando la deuda correspondiente, después se mandaron diversos faxes a las empresas del matrimonio solicitando la cantidad adeudada, lo cual provocó que empleados de las empresas tuvieran conocimiento de las deudas de sus superiores. Fue esto lo que animó a los afectados a denunciar ante la AEPD la situación que estaban viviendo, pues consideraban gravemente vulnerado el deber de secreto recogido en dicha ley, que obliga a quienes manejan ficheros con datos de carácter personal a mantener el secreto profesional sobre los mismos.

Tras la conclusión del procedimiento correspondiente, resolución de la AEPD expone lo siguiente:  «debe considerarse que El Torero del Moroso ha vulnerado el deber de secreto que exige la Ley Orgánica de Protección de Datos, y que la infracción cometida debe considerarse como grave».

Esto no es más que un ejemplo de la enorme competitividad que en la actualidad se da entre las empresas de cobro de morosos, lo cual ha provocado, en algunos casos, que se acuda a malas prácticas para el ejercicio de su actividad.

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