Derecho de acceso

Derecho de acceso

El derecho del afectado consiste -en primer lugar- en la solicitud y -en segundo lugar- en la obtención de información concerniente a los datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos así como las comunicaciones realizadas o que se prevén de los mismos.

El responsable del fichero resolverá sobre la petición de acceso en el plazo máximo de 1 mes a contar desde la recepción de la solicitud.

La información comprenderá los datos del afectado y los resultantes de cualquier proceso informático, así como el origen de los datos, los cesionarios de los mismos y la especificación de las finalidades para los que se almacenaron los datos.

Por su parte, el interesado podrá acceder a la información si ésta versa sobre sus datos personales, pero no si se trata de información de terceras personas.

El derecho de acceso no puede ser ejercitado en intervalos inferiores a 12 meses, salvo que se acredite un interés legitimo.

Por último, indicar que si en el plazo de 1 mes desde la recepción de la solicitud, ésta no ha sido atendida adecuadamente, el titular de los datos podrá dirigirse a la AEPD aportando copia de la solicitud cursada y de la contestación recibida.

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