¿Entre qué cuantías oscilan las sanciones de la AEPD?

¿Entre qué cuantías oscilan las sanciones de la AEPD?

Las infracciones pueden ser:

  1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 601 a 60.100 euros.
  2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 60.101 a 300.506 euros.
  3. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 300.507 a 601.012 euros.

A su vez, la cuantía de las sanciones se graduará atendiendo:

  1.  
    • a la naturaleza de los derechos personales afectados;
    • al volumen de los tratamientos efectuados;
    • a los beneficios obtenidos;
    • al grado de intencionalidad;
    • a la reincidencia;
    • a los daños y perjuicios causados a las personas interesadas y a terceras personas, y;
    • a cualquier otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de antijuridicidad y de culpabilidad presentes en la concreta actuación infractora.

Si, en razón de las circunstancias concurrentes, se apreciara una cualificada disminución de la culpabilidad del imputado o de la antijuridicidad del hecho, el órgano sancionador establecerá la cuantía de la sanción aplicando la escala relativa a la clase de infracciones que preceda inmediatamente en gravedad a aquella en que se integra la considerada en el caso de que se trate.

En ningún caso podrá imponerse una sanción más grave que la fijada en la Ley para la clase de infracción en la que se integre la que se pretenda sancionar.

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