Propiedad Intelectual: se sobresee el recurso a la sanción a SGAE por mala fe procesal

Propiedad Intelectual: se sobresee el recurso a la sanción a SGAE por mala fe procesal

Un auto dictado por la Audiencia Provincial de Huelva, de sobreseimiento de los recursos interpuestos por Promusicae y otras grandes de la industria audiovisual, puso fin ayer, 23 de septiembre, al proceso penal contra el administrador de los sitios web P2P Etmusica y Elitemula.

Según David Bravo y Javier de la Cueva, los abogados del procesado, se cierra así una batalla en la que el joven, un estudiante de 24 años, llegó a sufrir la visita de cinco personas a su propia casa, al menos dos de ellas vinculadas a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), que le pidieron, sin autorización y con el argumento de tener una orden para hacerloque no existía-, registrar la casa para examinar su material informático.

Además del procedimiento penal abierto contra él, iniciado por Promusicae y varias grandes compañías de la industria audiovisual, la SGAE inició otro civil contra él, por el que logró del juzgado «una orden de depósito de un disco duro y otra que le obligaba al cierre inmediato de las páginas Etmusica y Elitemula».

El caso ha finalizado con el auto que desestima definitivamente la causa penal, tomando como rectora la idea de que publicar enlaces a sitios de descarga de música y películas no es una actividad constitutiva de delito. En resumen, el único agente sancionado en estos procesos ha sido la SGAE, condenada en costas por el juzgado que vio del caso en la instancia previa por actuar de mala fe.

En nuestra opinión, una entidad tan importante no puede permitirse ser sancionada por actuar de mala fe en perjuicio de otros. La entidad debe ser reformada, fundamentalmente en organización y transparencia, para poder cumplir sus legítimas funciones de protección y defensa de los derechos de los autores asociados, de forma óptima y en contemplación no sólo de la normativa en propiedad intelectual, sino también de un Principio General del Derecho de tal importancia como es la buena fe.

 

Fuentes: www.elmundo.es, www.filmica.com/david_bravo

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